Servicio Aéreo Guardia Civil

Servicio Aéreo. SAER Guardia Civil

El Servicio Aéreo de la Guardia Civil (SAER) es la especialidad dedicada al uso de vehículos por el aire.

Los primeros helicópteros de la Guardia Civil

Los orígenes del actual Servicio Aéreo de la Guardia Civil se remontan a los estudios sobre medios y necesidades llevados a cabo por la Guardia Civil finalizando la década de los años 60 del pasado siglo. Estos concluyeron en 1971 con la idea de la incorporación de helicópteros, en una sociedad que demandaba una mayor calidad de los servicios policiales y la necesidad de una modernización de los medios y procedimientos del Cuerpo, fue un paso gigantesco para la labor policial que la Institución llevaba a cabo, con los helicópteros las patrullas terrestres podían realizar mucho mejor su trabajo.

A finales de 1971 la Guardia Civil contactó con los Tres Ejércitos para intentar sentar las bases de contar con una Unidad de Helicópteros, para ello la Dirección General del Cuerpo hacia un libramiento de 46 millones de pesetas destinado a fomentar esta iniciativa. En diciembre de 1972 se adquirieron los dos primeros aparatos, fueron los helicópteros BO-105 de la casa alemana MBB, ubicándose de forma temporal en las instalaciones del Ejercito del Aire en la Base de Cuatro Vientos, para después, el 7 de julio de 1973 pasar a compartir acuartelamiento con las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra, en su base de Colmenar Viejo (Madrid). En mayo de 1973 los instructores de la FAMET finalizan su misión comenzando a gestionar la Guardia Civil en solitario los helicópteros.

Los inicios de los usos de helicópteros como apoyo al resto de especialidades

Su inicio con apenas veinte guardias civiles de diversos empleos contó con el apoyo de dos instructores de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra (FAMET) y de un técnico de la firma fabricante, tras un rápido e intenso aprendizaje comenzaron a prestar servicios, en un principio nacieron dos especialidades, la de piloto y la de mecánico. La especialidad de piloto solo estaba reservada a los oficiales, pero más adelante se abrió también para los suboficiales. En la década de los setenta la Agrupación estaba al mando de un comandante y se hallaba centralizada en Madrid. Los servicios que prestaban los helicópteros eran múltiples y siempre en intima conexión de las especialidades del Cuerpo, así como con el desarrollo del servicio peculiar helicóptero, paso a ser una herramienta de trabajo muy útil, por prestar un apoyo importante al mando.

Además, significó que se llevasen a cabo más rápidamente los rescates en montaña, así como en el mar o en los ríos, consiguiendo que el tiempo de evacuación se disminuyeses y consecuentemente el resultado fue más eficaz. Desempeñó notables papel en el auxilio o localización de personas y localidades aisladas por la nieve o el agua facilitándole a las personas los víveres necesarios para soportar si situación, así como evacuar a heridos o enfermos Se puede considerar el complemento perfecto para el resto de especialidades.

Primeras misiones de los helicópteros BO-105

En octubre de 1973 las provincias de Granada y Almería con motivo de unas graves inundaciones fue puesta a prueba por primera vez la sección de helicópteros en un servicio de importancia y responsabilidad, meses antes en junio, los BO-105 realizaron su primera misión real, de orden público, en Pamplona, en junio de 1973. A finales de ese año encargó dos unidades más de BO-105.

En 1975 se recibió el quinto helicóptero y es causa de la fuerte escalada de acciones terroristas que tuvo lugar de forma continuada se establecido una concentración permanente en Logroño sede de la V Zona del Cuerpo.

El día 3 de octubre de 1975 se publicó en el Boletín Oficial de la Guardia Civil la Instrucción General número 3, dando normas para el empleo de helicóptero en el servicio, normas inicialmente restrictivas, pero poco a poco el helicóptero se fue ampliando en diferentes servicios de escolta, rescate, protección de itinerarios, personalidades, etc. y las misiones fueron creciendo en número y variedad, llegando a ser el medio más polivalente del cuerpo transcendido el concepto tradicional de patrulla terrestre.

Agrupación de Helicópteros de la Guardia Civil (AHEL)

A finales de 1978 se incorporó un sexto aparato y se procedió al traslado a la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, a las instalaciones del Escuadrón, hoy centro logístico de Armamento y Experimentación (CLAEX), de continuo los primeros cursos en condiciones instrumentales con ello las posibilidades de la realización de servicios tanto de día como de noche, cambiando también de denominación mediante la publicación de la orden general número 20 de 16 de marzo de 1983 conociéndose a partir de entonces como Agrupación de Helicópteros de la Guardia Civil (AHEL).

En 1979 se crea una base propia en la madrileña localidad de Torrejón de Ardoz dentro de las instalaciones del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA). Más adelante, en 2003 se inició las construcciones de unas nuevas dependencias dentro del mismo complejo, estando operativas desde el año 2006.

En 1982 tras los cursos se incorporan como pilotos Suboficiales y Cabos del Cuerpo, hasta entonces solo se habían formado Oficiales, y en marzo de 1883 se inició la esperada y necesaria descentralización del servicio, creándose como una unidad fija con el nombre de UHEL-51 en la 5ª Zona del cuerpo con base en Logroño, para apoyar desde el aire permanentemente la lucha antiterrorista.

Helicópteros BO-105 y BK-117

En 1983 se contaba ya con 12 helicópteros BO-105 y un BK-117. Los aparatos del SAER estaban entonces preferentemente dedicados a labores de lucha contra la delincuencia y antiterrorista, servicios de búsqueda de desaparecidos, evacuación y rescate, sobre todo en montaña y mar.

Se van creando nuevas bases, en diciembre de 1984 es en Canarias con el nombre de UHEL-11, se ubicó en Los Rodeos desde su nacimiento y se hizo cargo de los rescates en montaña y de las evacuaciones medicas entre las islas las 24 horas del día, poco después la Unidad de Huesca fue la siguiente, dada la proliferación de accidentes de montaña que aconsejaba la existencia de aparatos y hombres de la especialidad.

En 2001 se contaba con 18 BO-105 y 8 BK-117 (4 de ellos cedidos por ICONA). Otros 10 BO-105 retirados por la FAMET se incorporarían poco después. Desde mediados de los años 90 se asignaron nuevas misiones a la unidad: labores de vigilancia medioambiental, vigilancia de zonas fronterizas terrestres y marítimas, lucha contra el narcotráfico y el tráfico ilegal de personas y mercancías. Por ello la Guardia Civil consideró la incorporación de unidades de ala fija y, eventualmente, de UAV para complementar a los helicópteros en misiones de largo alcance y duración.

Incorporación de los aviones CN-235 de la Guardia Civil

La creación del Servicio Marítimo en 1992 y las misiones asociadas puso todavía más de manifiesto la necesidad de dotarse de aviones de patrulla naval. A raíz de la Orden Ministerial de 6 de junio de 1997, por la que se determinaban las funciones de los órganos de la Dirección General de la Guardia Civil, la organización del SAER pasó a contar con un Grupo de Ala Fija. En 2003 se decidió que serían aviones CN-235 los que equiparían a la unidad y en 2007 se encargó la compra.

Posteriormente, en 2008, el Servicio incorporó sus primeras unidades de ala fija. Con estas nuevas unidades, la Agrupación de Helicópteros pasó a denominarse Servicio Aéreo de la Guardia Civil.

El Servicio Aéreo en la lucha contra el narcotráfico y tráfico ilegal de personas

El SAER se vio muy involucrado en la lucha contra el narcotráfico y tráfico ilegal de personas, especialmente los BK-117, que empezaron a trabajar conjuntamente con las patrulleras.

Primero fue en el Estrecho y posteriormente extendieron sus misiones a Andalucía Oriental, Canarias y, desde 2006, a Mauritania. En 2003 se compró para cada BK-117 un sistema FLIR Carl-Zeiss Optronics LEO ll. Este equipo es controlado por un operador en la parte trasera del helicóptero y cuenta con cámara de imagen térmica y una cámara de televisión de amplio espectro, además de un telémetro láser opcional. El FLIR es excelente para la vigilancia y patrullaje sobre el mar, ya el calor corporal de una persona puede ser fácilmente detectado en el océano.

En Nuadibou se asignó permanentemente un destacamento con un helicóptero BO-105 que apoya a la patrullera de altura Río Duero. Asimismo, uno de los CN-235 se asignó a la Base Aérea de Gando (Gran Canaria).

La recepción del primer EC-135 tuvo lugar a finales del año 2003. En 2016 se realizó la penúltima incorporación, cuatro helicópteros AS-365N3 Dauphine fueron cedidos por el Ministerios de Agricultura y Pesca. Los nuevos helicópteros están dedicados principalmente en labores de vigilancia marítima.

Grupo de Ala Fija

El hito más importante del Servicio Aéreo ha sido la compra de dos aviones de categoría media, el 16 de noviembre de 2007 se autorizaba mediante acuerdo en el Consejo de Ministros del Ministerio de Interior, concretando el Secretario de Estado de Seguridad, la adquisición de dos aviones por un montante máximo de 50 millones de euros.

Para la operación de los mismos, se firmaría en 2008 por parte del Secretario de Estado de Seguridad y del Jefe del Estado Mayor del Aire una Encomienda de Gestión para la operación por parte del Ejercito del Aire de los dos aviones CASA 235-S300 adquiridos por la Guardia Civil. El objetivo de la misma sería la de mantener y operar los dos aviones, así como contribuir a la formación del personal del Cuerpo, que en un futuro se encargase de dichos cometidos.

En virtud de dicha Encomienda, los dos aviones se encuadran en el Al 48 concretamente en el 803 Escuadrón con base en Getafe, unidad del Ejercito del Aire que opera el avión CN-235 configurado en su versión de vigilancia marítima. Por ello los dos aviones estarían basados en la madrileña Base Aéreo de Getafe, sede mencionado Escuadrón y eventualmente en la Base Área de Gando Las Palmas de Gran Canaria donde se participaría en operaciones contra la inmigración ilegal. Más adelante se desarrollará en profundidad el Grupo de Ala Fija exponiendo las posibilidades operativas que ofrece un avión dotado de medios técnicos de búsqueda y seguimiento de objetivos en el mar.

Funciones de los aviones y helicópteros guardia civil

En cuanto a la misión del Servicio Aéreo, esta es la organización, coordinación y explotación de los medios aéreos con que cuenta la Guardia Civil, en la actualidad aviones y helicópteros, así como prestar asesoramiento técnico al desempeño de las competencias técnico al desempeño de las competencias de policía administrativa aeronáutica que tenga asignadas el Cuerpo Se colaborará con las Autoridades judiciales y del Cuerpo en asuntos propios de la Especialidad aérea, tales como peritaje, informes técnicos, accidentes aéreos u asesoramiento técnico.

El Servicio Aéreo de la Guardia Civil lidera actualmente la adquisición, la operación y la experiencia en aeronaves no tripuladas (RPAS). La Guardia Civil utiliza los RPAS en operativos para el control de fronteras marítimas, para la regulación y supervisión del tráfico, la lucha contra el tráfico de drogas, las actuaciones del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), así como en misiones de alto riesgo como son las operaciones de rescate de personas, la lucha contraterrorista o la desactivación de explosivos.

El servicio cuenta actualmente con 41 helicópteros de cuatro tipos (16 BO-105, 8 BK-117, 13 EC-135, 4 AS-365), dos aviones de vigilancia marítima CN-235 y un King Air. La plantilla es de unas 350 personas.

Misión específica del Servicio Aéreo

El SAER tiene como misión específica la organización, coordinación, mantenimiento y operación de los medios aéreos con que cuenta la Guardia Civil, el asesoramiento técnico en materia aeronáutica, así como la colaboración con las autoridades judiciales y unidades de la Guardia Civil en asuntos propios de la especialidad aérea.

Esta misión específica se llevará a cabo mediante el desarrollo de los siguientes cometidos:

  • Realizar los servicios específicos que se determinen, sean preventivos o reactivos.
  • Apoyar y reforzar los servicios de otras unidades del Cuerpo.
  • Mantener la aptitud técnica del personal especialista aeronáutico del Servicio.
  • Homogeneizar los procedimientos y criterios de actuación del personal destinado en puestos de trabajo de la especialidad.
  • Mantener la operatividad de aeronaves y material.
  • Participar en los órganos técnicos, nacionales o internacionales, de interés para el Cuerpo, así como asesorar al mando en el ámbito de la especialidad.
  • Establecer y mantener las relaciones necesarias con otras autoridades, instituciones y organizaciones nacionales e internacionales, sobre las materias propias de la especialidad.

Igualmente, el órgano central del SAER se constituye como órgano técnico de validación de materiales, tácticas, técnicas y procedimientos propios de su especialidad o aquellas otras de interés para el Cuerpo que se le encomienden, así como la participación en todos aquellos proyectos nacionales e internacionales que sean de interés para la Institución.

Competencias profesionales del Servicio Aéreo

  • Mecánico de Avión (AEMA)
  • Mecánico de helicóptero AEMH
  • Mecánico de aeronaves AEMAER
  • Operador de sistemas AEOS
  • Piloto de avión AEPA
  • Piloto de helicóptero AEPH
  • Oficial de mantenimiento AEOF
Competencias profesionales del Servicio Aéreo (SAER)

Requisitos para pertenecer al Servicio Aéreo de la Guardia Civil

Mecánico de Avión (AEMA)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de mecánico de avión de la Guardia Civil.

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEMA son aquellas que en cada momento establezca el Ministerio de Defensa como necesarias para el desempeño de funciones como mecánico de aviones y que seguidamente se definen:

Competencias generales: realizar de manera segura el mantenimiento, tanto preventivo como correctivo, de los aviones, basándose en la documentación técnica aeronáutica estandarizada.

Competencias específicas:

  • Aplicar de forma teórica y práctica los principios y procedimientos básicos del mantenimiento de aviones en todas sus secciones.
  • Aplicar los conocimientos técnicos en mecánica.
  • Identificar posibles averías y conocer los procedimientos para su reparación.
  • Demostrar el uso de los manuales y documentaciones técnicas.
  • Explicar la distribución de las distintas secciones, talleres y negociados del Grupo de Mantenimiento.

AEMA: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios del “Curso de Mecánico de Avión”, impartido en alguno de los centros reconocidos por la Dirección General de Armamento y Material (DGAM), del Ministerio de Defensa, como PERAM-147.

Requisitos para ser Mecánico de Avión (AEMA)

Deberá mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas será de 40 años.

Para el mantenimiento de la especialidad aérea será requisito imprescindible la acreditación permanente de la aptitud física, psíquica y técnica, encaminada a comprobar que se conservan las condiciones necesarias que para cada una de las modalidades se establece:

Para este puesto de trabajo (AEMA) se ha de estar en situación de activo.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Mecánico de helicóptero (AEMH)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de mecánico de helicóptero de la Guardia Civil.

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEMH son aquellas que en cada momento establezca el Ministerio de Defensa como necesarias para el desempeño de funciones como mecánico de helicópteros y que seguidamente se definen:

Competencias generales: realizar de manera segura el mantenimiento, tanto preventivo como correctivo, de los helicópteros, basándose en la documentación técnica aeronáutica estandarizada.

Competencias específicas:

  • Aplicar de forma teórica y práctica los principios y procedimientos básicos del mantenimiento de helicópteros en todas sus secciones.
  • Aplicar los conocimientos técnicos en mecánica.
  • Identificar posibles averías y conocer los procedimientos para su reparación.
  • Demostrar el uso de los manuales y documentaciones técnicas.
  • Explicar la distribución de las distintas secciones, talleres y negociados del Grupo de Mantenimiento.

AEMH: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios del “Curso de Mecánico de Helicóptero”, impartido en alguno de los centros reconocidos por la Dirección General de Armamento y Material (DGAM), del Ministerio de Defensa, como PERAM-147.

Requisitos para ser Mecánico de helicóptero (AEMH)

Deberá mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa”; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas será de 40 años.

Para el mantenimiento de la especialidad aérea será requisito imprescindible la acreditación permanente de la aptitud física, psíquica y técnica, encaminada a comprobar que se conservan las condiciones necesarias que para cada una de las modalidades se establece: AEMH: mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa”; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para este puesto de trabajo (AEMH) se puede estar en situación de activo o reserva.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Mecánico de aeronaves (AEMAER)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de mecánico de aeronaves de la Guardia Civil.

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEMAER son aquellas que en cada momento establezca el Ministerio de Defensa como necesarias para el desempeño de funciones como mecánico de aeronaves y que seguidamente se definen:

Competencias generales: tener los conocimientos teórico-prácticos para poder emitir certificados de aptitud para el servicio después de trabajos secundarios de mantenimiento programado de línea y de rectificaciones de defectos sencillos, en aviones y helicópteros militares.

Competencias específicas:

  • Conocer y aplicar los contenidos de los manuales técnicos, documentación específica y normativa asociada a helicópteros y aviones.
  • Desarrollar un nivel de comprensión adecuado de los manuales técnicos y publicaciones aeronáuticas y de aeronavegabilidad tanto militares como civiles, así como de seguridad de vuelo/tierra, que afecten al ámbito militar en correspondencia a sus cometidos profesionales.
  • Realizar labores de mantenimiento, tanto preventivo como preventivo, en aviones y helicópteros militares.
  • Ser capaz de leer, escribir y comunicarse de forma inteligible, en el idioma o idiomas en que esté escrita la documentación técnica y los procedimientos.

AEMAER: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios del “Curso de Mecánico de Aeronaves”, impartido en alguno de los centros reconocidos por la Dirección General de Armamento y Material (DGAM), del Ministerio de Defensa, como PERAM-147.

Requisitos para ser Mecánico de aeronaves (AEMAER)

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas será de 40 años.

Deberá mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa”; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para el mantenimiento de la especialidad aérea será requisito imprescindible la acreditación permanente de la aptitud física, psíquica y técnica, encaminada a comprobar que se conservan las condiciones necesarias que para cada una de las modalidades se establece: AEMAER mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa”; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para este puesto de trabajo (AEMAER) se puede estar en situación de activo o reserva.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Operador de sistemas (AEOS)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de operador de sistemas de la Guardia Civil.

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEOS son aquellas competencias profesionales que habilitan para la operación y conservación de los sistemas de misión de las aeronaves y que seguidamente se definen:

Competencias generales: poseer conocimientos aeronáuticos, tanto prácticos como teóricos, para poder operar los Equipos, Sensores y Sistemas embarcados en las aeronaves y necesarios para el cumplimiento de la misión.

Competencias específicas:

  • Poseer unos conocimientos aeronáuticos básicos.
  • Conocer las normativas OACI y las relacionadas con el Reglamento de Circulación Aérea y el Reglamento de la Circulación Aérea Operativa.
  • Tener conocimientos básicos de Radar, Guerra Electrónica, Infrarrojos y Electro-óptica, Comunicaciones, así como de Navegación y Meteorología.
  • Tener los conocimientos teóricos básicos para operar el Sistema de Misión (FITS), Equipos, Sensores y Comunicaciones de abordo.

AEOS: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios del “Curso de Operador de Sistemas”, impartido bien por el Ministerio de Defensa en el centro que en cada caso se determine, o bien por el Centro de Adiestramiento y Estandarización del Servicio Aéreo.

Requisitos Operador de sistemas (AEOS)

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas será de 40 años.

Deberá mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para este puesto de trabajo (AEOS) se puede estar en situación de activo o reserva.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Piloto de avión (AEPA)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de piloto de avión de la Guardia Civil.

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEPA son aquellas que en cada momento establezca el Ministerio de Defensa como necesarias para el desempeño de funciones como piloto militar de transporte y que seguidamente se definen:

Competencias generales: dominar de manera segura y eficiente la operación de aeronaves de transporte a través del conocimiento y estudio del conjunto de leyes, normas, métodos recomendados y procedimientos que rigen la operación de la aeronave, las comunicaciones y gestión de datos en vuelo, y los sistemas e instrumentos de la aeronave de transporte.

Competencias específicas:

  • Capacidad para aplicar con precisión los principios de vuelo, los factores que lo rodean, así como los sistemas y procedimientos de vuelo para manejar apropiadamente una aeronave de transporte.
  • Realizar las funciones propias de la actividad aérea conforme a la legislación vigente.
  • Capacidad para planificar, de acuerdo con la normativa en vigor, vuelos y misiones aéreas para alcanzar los objetivos propuestos.
  • Expresar con precisión la terminología aeronáutica en castellano e inglés para ejecutar o controlar operaciones aéreas.

AEPA: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios del “Curso Piloto Militar de Transporte personal ajeno al EA”, impartido por el Ministerio de Defensa en los centros que en cada caso se determine.

Requisitos Piloto de avión (AEPA)

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas será de 40 años.

Para ser AEPA se deberá mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica en el Servicio Aéreo, mediante la superación de las pruebas de conocimientos teóricos y de maniobras de vuelo, conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para este puesto de trabajo (AEPA) se puede estar en situación de activo o reserva.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Piloto de helicóptero (AEPH)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de piloto de helicóptero de la Guardia Civil.

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEPH son aquellas que en cada momento establezca el Ministerio de Defensa como necesarias para el desempeño de funciones como piloto militar de helicóptero bajo reglas de vuelo visuales e instrumentales, y que seguidamente se definen:

Competencias generales: Dominar de manera segura y eficiente la operación de helicópteros a través del conocimiento y estudio del conjunto de leyes, normas, métodos recomendados y procedimientos que rigen la operación de la aeronave, las comunicaciones y gestión de datos en vuelo, y los sistemas e instrumentos de los helicópteros.

Competencias específicas:

  • Haber demostrado poseer conocimientos especializados en el vuelo y su ámbito, con comprensión crítica para el desarrollo de la conciencia y espíritu aeronáutico.
  • Aplicar e integrar sus conocimientos tecnológicos en la definición y desarrollo de los procedimientos de vuelo visual e instrumental, de forma autónoma y con responsabilidad de coordinación y supervisión de los mismos.
  • Poseer la capacidad de analizar la información disponible para evaluar y dar respuesta a situaciones previstas e imprevistas, mediante la búsqueda de soluciones y alternativas fundamentadas dentro de los procedimientos de vuelo visual e instrumental.
  • Ser capaz de comunicar con precisión sus conocimientos, ideas, habilidades e intenciones en el ámbito del vuelo tanto al resto de la tripulación como al control y con el resto de las aeronaves.
  • Poseer las estrategias de aprendizaje necesarias para avanzar en su formación de manera autónoma, con madurez para innovar en su aplicación y progresar en el aprendizaje y formación continua en el campo de la aeronáutica.

AEPH: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios del “Curso de Piloto de Helicóptero” y del “Curso Instrumental de Helicóptero”, ambos impartidos por el Ministerio de Defensa en los centros que en cada caso se determine.

Requisitos Piloto de helicóptero (AEPH)

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas será de 40 años.

Se deberá mantener en vigor la correspondiente Tarjeta de Aptitud Aeronáutica, para lo que deberá acreditar la aptitud física y psíquica mediante reconocimiento médico específico según propia normativa del Ministerio de Defensa; y, además, acreditar bianualmente la aptitud técnica en el Servicio Aéreo, mediante la superación de las pruebas de conocimientos teóricos y de maniobras de vuelo, conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para este puesto de trabajo (AEPH) se ha de estar en situación de activo.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Oficial de mantenimiento (AEOF)

Integra el conjunto de capacidades que habilitan a la Guardia Civil para el desempeño de las funciones específicas de organización y planificación para el abastecimiento y mantenimiento de los medios y materiales aeronáuticos del SAER

Las competencias profesionales de la cualificación específica AEOF son aquellas que en cada momento establezca el Ministerio de Defensa como necesarias para el desempeño de funciones para la organización, planificación, coordinación y control de los programas de mantenimiento de las aeronaves y que seguidamente se definen:

Competencias generales: Dominar la gestión del mantenimiento y abastecimiento de las aeronaves a través del conocimiento y el estudio de la documentación técnica aeronáutica y los sistemas de gestión de flota, para dar respuesta a los problemas del mantenimiento.

Competencias específicas:

  • Conocer y aplicar los contenidos de los manuales técnicos, documentación específica y normativa asociada a helicópteros.
  • Poseer las estrategias de aprendizaje necesarias para avanzar en su formación de manera autónoma, con madurez para innovar en su aplicación y progresar en el aprendizaje y formación a niveles superiores.
  • Analizar la información necesaria para evaluar y dar respuesta a situaciones previstas y no previstas, mediante la búsqueda de soluciones fundamentadas, creativas e innovadoras dentro del campo del mantenimiento y abastecimiento de aeronaves.
  • Adquirir los conocimientos y la comprensión de los mismos en entornos relacionados con la gestión del mantenimiento y abastecimiento de aeronaves.
  • Desarrollar un nivel de comprensión adecuado de los manuales técnicos y publicaciones aeronáuticas y de aeronavegabilidad tanto militares como civiles, así como de seguridad de vuelo/tierra, que afecten al ámbito militar en correspondencia a sus cometidos profesionales.

AEOF: se obtiene mediante la superación del Plan de Estudios de alguno de los siguientes tres Cursos: “Curso de Mecánico de Aeronaves”, “Curso de Mecánico de Avión” o “Curso de Mecánico de Helicóptero”, impartidos en alguno de los centros reconocidos por la Dirección General de Armamento y Material (DGAM), del Ministerio de Defensa, como PERAM-147; así como por la superación del “Curso de Oficial de Mantenimiento” impartido bien por el Ministerio de Defensa o bien por el Servicio Aéreo.

Requisitos Oficial de mantenimiento (AEOF)

La edad máxima de obtención de las cualificaciones específicas es la fijada en el artículo 44.1 del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil aprobado por el Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, para el pase a la situación administrativa de reserva en los seis años siguientes al de la publicación de la convocatoria del curso que otorgue la cualificación.

AEOF: acreditar bianualmente la aptitud técnica conforme a lo establecido en el manual de la especialidad.

Para este puesto de trabajo (AEOF) se ha de estar en situación de activo.

Periodo de servidumbre de 5 años.

Organización, estructura y funciones del Servicio Aéreo

Por lo que se refiere a la organización, estructura y funciones del Servicio Aéreo (SAER), la principal novedad es la configuración orgánica del órgano central en una única unidad, la Jefatura, de la que dependerán orgánicamente todo el personal especialista y no especialista, el cual se encuadrará en las unidades funcionales establecidas en esta orden y en el libro de organización.

Por lo que se refiere a la organización periférica, en esta nueva orden se pretende dar más protagonismo al personal que dirige los sectores aéreos, cuyas misiones y cometidos, además de los que ya establece la presente orden, se completarán y definirán en el libro de organización.

En lo que se refiere a las relaciones y dependencias del órgano central del SAER, además de la tradicional dependencia orgánica y funcional de la Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva (JUER) del Mando de Operaciones de la Dirección Adjunta Operativa (DAO), también se ha establecido una dependencia técnica y funcional del Mando de Apoyo como órgano gestor, y una dependencia técnico-docente de la Jefatura de Enseñanza del Mando de Personal como centro de perfeccionamiento.

Por su parte, los sectores aéreos y las unidades aéreas territoriales dependen orgánica y funcionalmente de la Jefatura de la Zona que se determine, y técnicamente de la Jefatura del Servicio Aéreo. A su vez, las unidades aéreas tienen una dependencia técnica del Sector para la determinación y establecimiento de los apoyos aéreos y de personal que deban llevarse a cabo en la demarcación del mismo.

Además, se establece una dependencia funcional del Mando de Fronteras y Policía Marítima de los medios aéreos de vigilancia marítima que en cada momento se adscriban al mismo.

Estructura

Para el cumplimiento de la misión encomendada al Servicio, éste se articula en:

  1. Órgano central.
  2. Organización territorial.

Organización a nivel central

La Jefatura del órgano central del SAER, al mando de un miembro de la Guardia Civil de empleo Coronel en servicio activo, es responsable, entre otros cometidos, de coordinar, impulsar, apoyar e inspeccionar técnicamente las unidades del Servicio. Se estructura en las siguientes unidades funcionales que desarrollarán actividades coherentes respecto a una determinada finalidad técnica.

La organización, estructura y cometidos de los órganos y unidades funcionales que conforman la Jefatura del Servicio Aéreo se desarrollarán en su correspondiente libro de organización.

Organización a nivel territorial

Las unidades aéreas de la organización periférica, según la función principal que cumplen y/o su despliegue, serán las siguientes:

  • Sector aéreo
  • Unidad aérea
  • Destacamentos eventuales

El Sector aéreo: al mando de un miembro de la Guardia Civil de empleo teniente coronel o comandante, en situación de servicio activo y con la cualificación AEPH o AEPA, es la unidad fundamental de planificación, coordinación y control en su área de responsabilidad territorial, la cual se determina en función de las características geográficas, infraestructuras aeronáuticas disponibles, climatología y eficiencia deseable en la operación de los medios.

Se constituye, además, como una unidad aérea en sí misma y dispone de capacidad limitada para en caso de urgencia, inmediatez del servicio y/o limitación técnica o material, reforzar o cubrir el servicio de otras unidades desplegadas en su área de responsabilidad.

La unidad aérea: al mando de un miembro de la Guardia Civil de categoría oficial en situación de servicio activo y con la cualificación AEPA O AEPH, en función del material aeronáutico de dotación, es la unidad básica de ejecución del servicio. Su área de responsabilidad y ubicación se determina en función de criterios de proximidad y rapidez de respuesta.

Destacamentos eventuales: son ubicaciones temporales de medios aéreos del Servicio, al mando de un miembro de la Guardia Civil de categoría oficial o suboficial expresamente designado para ello, que requieren el desplazamiento de los recursos humanos y materiales necesarios para operar con cierta autonomía. Estos destacamentos pueden ubicarse en territorio nacional o de otros países, y desarrollar cometidos específicos de servicio o en apoyo de otras unidades del Cuerpo o, incluso, de organismos o instituciones nacionales e internacionales ajenos a la Guardia Civil.

Organización a nivel territorial del Servicio Aéreo (SAER)

Relaciones y dependencias del Servicio Aéreo

El órgano central del Servicio Aéreo, depende orgánica y funcionalmente de la Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva del Mando de Operaciones. Igualmente, el Servicio Aéreo, como órgano gestor, posee una dependencia técnica y funcional del Mando de Apoyo respecto de las competencias en materia de gestión de los recursos materiales y financieros que en cada momento se determinen.

Igualmente, respecto de los cometidos que desarrolla en materia de formación tiene una dependencia técnico-docente de la Jefatura de Enseñanza. La dependencia técnico-docente debe entenderse a efectos de aprobación de cursos y programas de estudio de desarrollo de los distintos planes de estudio o programas formativos, establecimiento de criterios generales para homologaciones, convalidaciones y autorizaciones para la expedición de títulos, diplomas o certificados en el ámbito de la Guardia Civil.

Los sectores aéreos y las unidades aéreas permanentes de helicópteros dependen orgánica y funcionalmente de la Jefatura de la Zona que se determine, y técnicamente de la Jefatura del Servicio.

A su vez, las unidades aéreas dependen técnicamente del Sector para la determinación y establecimiento de los apoyos aéreos y del personal que deban llevarse a cabo en la demarcación del mismo.

Los destacamentos eventuales se establecerán en las condiciones y con la dependencia que se fije en la correspondiente orden de creación.

Los medios aéreos de vigilancia marítima, aviones, helicópteros, vehículos aéreos no tripulados (RPAS) u otros adscritos al Mando de Fronteras y Policía Marítima, dependerán funcionalmente del mismo, según quede recogido en el libro de organización.

Fallecidos en acto de servicio del Servicio Aéreo de la Guardia Civil

El 30 de agosto de 1982, en un difícil paraje de los Picos de Europa tras el rescate de la espeleóloga inglesa Hiza Patterson, al intentar remontar el vuelo, los capitanes Pérez Navas e Hidalgo, junto con el especialista en montaña cabo 1º Zapata y la propia rescatada fueron atrapados por las nubes y arrojados contra las rocas del Macizo.

Diez años más tarde, el 27 de noviembre de 1992, tres guardias civiles que viajaban en un helicóptero, el capitán López Tello y los Sargentos Carpio y Benito, murieron al caer el aparato en las proximidades de la localidad leonesa de Robledo de la Valdoncina, en una zona donde en ese momento había una densa niebla.

El 10 de abril de 1996, frente a las costas de Bárbate fallecía el guardia civil mecánico José Muñoz Hidalgo, cuando el helicóptero donde viajaba golpeaba el rotor de cola con el agua haciendo que se desequilibrara. El teniente José López Galiana y el sargento Francisco Jiménez Miranda, salieron del aparato por sus propios medios y pudieron llegar a nado a la costa de los Caños de Meca. Perseguían una lancha rápida cargada de hachís.

Mayor accidente en helicóptero de la Guardia Civil

El accidente más grave sufrido por un helicóptero de la Guardia Civil ocurrió el 17 de marzo de 2004 en un monte próximo a la localidad de Solmayor, en el municipio asturiano de San Tirso de Abres. En el siniestro perdieron la vida cuatro guardias civiles que realizaban un servicio de vigilancia de montes cuando colisionaron con un cable de alta tensión, los fallecidos fueron el teniente Guillermo Antúñez Mellado, soltero y natural de Sevilla, de 27 años, y el sargento Ángel Macías Álvarez, casado y nacido en León, de 32 años, ambos pilotos del aparato, destinados en Oviedo y los miembros del SEPRONA, el cabo Santiago Fuente Galloso, soltero y nacido en Barcelona, de 31 años, y el guardia civil Diego Barreiro Chousa, soltero y natural de Lugo, de 29 años, ambos destinados en el puesto de Vegadeo.

Tres guardias civiles fallecieron el 24 de agosto de 2018 cuando llevaban a cabo una operación de rescate en el Pico Polinosa en el municipio de Mañara en el norte de León, los fallecidos fueron el capitán Emilio Pérez Peláez, el teniente Marcos Antonio Benito Rodríguez, ambos pilotos, de 55 y 48 años, y el agente de la guardia civil miembro del Grupo de Rescate Especial de Intervención de Montaña (Greim) José Martínez Conejo, de 49 años. Un cuarto agente resultó ileso pues había tomado tierra para iniciar las labores de auxilio de un herido.

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