Dos agentes del Equipo Mujer-Menor (EMUME) de la Guardia Civil trabajando ante sus ordenadores en la oficina del equipo
Dos guardias civiles de espaldas, con chaleco del Cuerpo, revisan expedientes en sus pantallas en una oficina con el rótulo y el emblema del EMUME en la puerta.

EMUME Guardia Civil: Equipos Mujer-Menor

Subespecialidad: EMUME Guardia Civil: Equipos Mujer-Menor

Especialidad: Servicio de Policía Judicial

La problemática de la violencia de género en España

Hasta hace unas pocas décadas la violencia sobre la mujer en España estaba considerada como un asunto estrictamente privado, afortunadamente los tiempos fueron cambiando y con ellos se vio claramente ese problema y con ello se pudieron promulgar leyes que penaban los malos tratos en el ámbito familiar, hoy en día sus agresores son tratados como lo que son, delincuentes.

El punto de inflexión mediático y político pudo ser el luctuoso hecho ocurrido en diciembre de 1997 con el asesinato de Ana Orantes, una mujer que fue quemada viva por su exmarido pocos días después de relatar los malos tratos que sufría en la televisión pública andaluza, fueron décadas de maltrato físico y psicológico y ella lo hizo público. Este suceso rompió definitivamente el silencio institucional, obligando a las fuerzas políticas a abordar la violencia doméstica no como un conjunto de incidentes aislados, sino como un problema estructural que requería una intervención legislativa urgente, dura y específica.

Tipos de violencia contra la mujer

Violencia física

Comprende cualquier acto no accidental que implique el uso de la fuerza sobre el cuerpo de la mujer, con el resultado o riesgo de producir lesiones, daño o dolor. Incluye desde empujones, tirones de pelo, bofetadas, hasta palizas, estrangulamientos y quemaduras. En el contexto penal español, se castigan no solo las lesiones que requieren tratamiento médico, sino también el maltrato de obra sin lesión física evidente, reconociendo el valor lesivo de la agresión física en sí misma como mecanismo de sumisión.

Violencia Psicológica y Control Digital

La violencia psicológica es de naturaleza acumulativa e invisible en sus fases iniciales, pero destructiva para la integridad psíquica de la víctima. Se manifiesta mediante insultos, humillaciones públicas y privadas, amenazas de agresión o de retirada de los hijos, y aislamiento social (prohibición de ver a familiares o amigos).

En la era moderna, esta violencia ha encontrado un canal expansivo en el control digital. Esto incluye la exigencia de compartir contraseñas, la monitorización constante de las redes sociales, la fiscalización de la geolocalización en tiempo real mediante aplicaciones móviles y el envío masivo de mensajes hostiles o controlantes. El Código Penal español persigue estas conductas bajo el tipo de delito de coacciones y acoso legítimo (stalking), que castiga a quien vigile, persiga o busque la cercanía física de una persona de forma insistente y reiterada, alterando gravemente el desarrollo de su vida cotidiana.

Cartel del Día Internacional contra la Violencia de Género, 25 de noviembre
25 de noviembre, Día Internacional contra la Violencia de Género.

Violencia Económica

La violencia económica se ejerce mediante el control total y unilateral de los recursos financieros del hogar. El agresor priva a la mujer del acceso al dinero familiar, le prohíbe trabajar u obtener formación académica para asegurar su dependencia económica, o bien confisca su salario si ella trabaja. También se manifiesta tras la ruptura mediante el impago deliberado de las pensiones de alimentos fijadas judicialmente para los hijos, una conducta tipificada en España como delito que busca perpetuar el control y la asfixia financiera de la mujer a largo plazo.

Violencia Sexual y Vicaria

La violencia sexual abarca cualquier acto de naturaleza sexual no consentido por la mujer, que incluye la violación dentro del matrimonio o de la pareja, la coerción para realizar prácticas sexuales no deseadas y la explotación sexual.

Por su parte, la violencia vicaria representa una de las expresiones más crueles de la violencia de género. El agresor utiliza a los hijos e hijas de la mujer cómo instrumentos para causar el mayor dolor posible a la madre. Esta violencia culmina en ocasiones con el asesinato de los menores por parte del progenitor o pareja de la madre. La legislación española se ha reformado de manera tajante para combatir esta realidad, ordenando la suspensión del régimen de visitas a los padres que se encuentren incursos en un proceso penal por violencia de género o doméstica, protegiendo el interés superior del menor sobre el derecho de visita del progenitor investigado.

Nuevas Formas de Violencia en la Era Digital

El ciberespacio ha propiciado la aparición de violencias altamente lesivas:

  • Ciberacoso: Hostigamiento sistemático en redes sociales.
  • Difusión no consentida de imágenes íntimas (Sextorsión o Revenge Porn): Difundir fotos o videos de carácter sexual que la víctima cedió en el ámbito de la intimidad, tipificado de forma expresa en el Artículo 197.7 del Código Penal.
  • Suplantación de identidad: Creación de perfiles falsos con el fin de humillar, difamar o exponer a la víctima a situaciones de vulnerabilidad o acoso por parte de terceros.
Seis tipos de violencia contra la mujer: física, psicológica, económica, sexual, vicaria y digital

La legislación actual

La igualdad en la Constitución Española

Legislativamente el Artículo 14 de nuestra Constitución Española garantiza la igualdad de todos los españoles ante la ley, prohibiendo cualquier tipo de discriminación por razón de sexo. Asimismo, el Artículo 9.2 de la Carta Magna ordena a los poderes públicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. La violencia de género es el mayor obstáculo para el cumplimiento de este mandato constitucional.

Ley Orgánica 1/2004 de Protección Integral contra la Violencia de Género

Con posterioridad fue aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG), ello supuso una revolución jurídica global. Su principal característica era su enfoque integral, que abarcaba medidas preventivas, educativas, asistenciales, sanitarias y penales.

Ello obligó a modificar de forma sustancial el Código Penal, creando tipos agravados para las agresiones cometidas por hombres hacia sus parejas o exparejas directas con ello se buscaba la protección de un colectivo históricamente vulnerable y subordinado.

La citada Ley creaba los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, órganos judiciales especializados que asumían:

  • La instrucción de las causas penales por delitos de violencia de género.
  • La resolución de los procedimientos civiles derivados de la ruptura matrimonial o de pareja (custodia de hijos, divorcios, pensiones de alimentos, uso de la vivienda familiar).
Agente de la Guardia Civil trabajando ante varios ordenadores durante una investigación
Guardia civil de espaldas con chaleco del Cuerpo analizando información en sus monitores en una oficina de Policía Judicial.

Esta unificación de competencias buscaba evitar la revictimización de la mujer, impidiendo que deba litigar en juzgados distintos por hechos íntimamente conectados, y garantizando que el juez que decide sobre la custodia de los menores conozca a fondo la situación de violencia existente en el hogar.

Pacto de Estado contra la Violencia de Género (2017)

El Pacto de Estado contra la Violencia de Género del mes de septiembre de 2017, fue un acierto político que consolidó el consenso institucional en la materia, el Congreso de los Diputados ratificó el Pacto el cual se estructuraba en torno a más de 200 medidas concretas y una dotación presupuestaria plurianual de 1.000 millones de euros distribuidos entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.

Entre sus avances principales destacan la ruptura de la obligatoriedad de la denuncia previa para acceder a los servicios sociales asistenciales, la ampliación de la protección de los huérfanos de la violencia de género y la intensificación de las campañas de prevención orientadas a la población adolescente a través de entornos digitales.

Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual

Avanzando en el tiempo llega otra norma fundamental, es la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que reformó de manera profunda el tratamiento de las violencias sexuales en España, transponiendo íntegramente los preceptos del Convenio de Estambul. El cambio jurídico fundamental consistió en la eliminación de la distinción histórica entre “abuso sexual” (cometido sin violencia ni intimidación) y “agresión sexual” (cometido con el uso de la fuerza). A partir de esta norma, cualquier acto sexual no consentido pasó a ser tipificado como agresión sexual, situando el consentimiento expreso de la víctima en el centro del tipo penal.

Evolución de la legislación contra la violencia de género: Constitución, LO 1/2004, Pacto de Estado de 2017 y LO 10/2022

¿Qué es el EMUME (Equipos de Mujer-Menor) de la Guardia Civil?

El EMUME (Equipo de Mujer-Menor) de la Guardia Civil nació el 21 de enero de 1994. Surgió tras la necesidad de ofrecer una respuesta policial especializada a los colectivos más vulnerables. Su misión principal es investigar delitos relacionados con la violencia de género, violencia doméstica, agresiones sexuales, trata de seres humanos y delincuencia juvenil.

Implantación en todas las comandancias (1995)

Fue el 26 de mayo de 1995 cuando concluyó el proceso establecido por la Dirección General de la Guardia Civil para implantar en todas las comandancias especialistas Mujer-Menor. Con arreglo a lo proyectado, se determinó que, en cada Equipo de Investigación de delitos contra las Personas, dependientes, a su vez, de las Secciones de Investigación de las Unidades Orgánicas de Policía Judicial, existiera, al menos, una mujer especializada en intervención de delitos contra las mujeres y los menores.

Tras un periodo de selección, fueron designadas 60 mujeres especialistas en policía judicial que fueron convocadas a un curso de especialización en el entonces Servicio de Policía Judicial (actual Jefatura de Policía Judicial). Durante el mismo, que tuvo lugar entre los días 22 y 26 de mayo de 1995 en la sede en la Dirección General, las agentes especialistas fueron instruidas en intensas sesiones teórico-prácticas, con participación de miembros del Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía e Instituto de la Mujer. Recibieron, a su vez, actualización en materia de policía judicial por parte de especialistas de la Unidad Técnica, incluyendo técnicas novedosas de actuación operativa, impartida por la Sección de Análisis del Comportamiento Delictivo, y del Laboratorio Central de Criminalística.

El inicio de su actividad operativa se produjo inmediatamente después de incorporarse a sus unidades, haciéndose cargo de los casos más graves con víctimas de violencia contra la mujer o delitos relacionados con menores. A su vez, tenían como cometido actuar como formadoras de otro personal de policía judicial y de los puestos. También, prestaban asesoramiento técnico en esta materia a las unidades de investigación de sus comandancias, y contribuían en materia de prevención, colaborando, a su nivel, en materia de sensibilización de estas tipologías con otros organismos, asociaciones, servicios de asistencia social y el sector educativo.

De otra parte, se dispuso que se seleccionara una segunda mujer especialista para reforzar esta actuación especializada. Muy pronto, en los siguientes meses, se realizó otra acción formativa para ellas, de modo que se constituyeron los primeros Equipos Mujer-Menor (los denominados EMUME) en todas las comandancias.

EMUME-Central y ampliación del despliegue

En paralelo, en el seno de la Unidad Técnica de Policía Judicial se constituyó un EMUME-Central, con tareas de coordinación, formación, asesoramiento y relación con los organismos, públicos y privados, involucrados.

Progresivamente, se fue ampliando el despliegue con más especialistas en las Secciones de Investigación y, también, en los Equipos Territoriales de Policía Judicial, incorporándose, además, a partir del tercer curso, hombres a esta función.

La Guardia Civil fue pionera en el establecimiento de este tipo de especialistas, en particular en lo relativo a la violencia de género y violencia doméstica, con una respuesta global e integral en todo el territorio nacional.

Agente de Policía Judicial de la Guardia Civil trabajando en su ordenador
Guardia civil de espaldas con chaleco negro de Policía Judicial trabajando en su ordenador, con el emblema del Cuerpo en la pantalla.

EMUME Central y en Comandancias

El EMUME Central y los EMUME de Comandancia actúan de forma coordinada, pero sus funciones están claramente divididas por la complejidad, el territorio y el alcance de las investigaciones.

El EMUME Central (Nivel Nacional)

Ubicado en la Jefatura de Policía Judicial en Madrid, funciona como el cerebro estratégico y la unidad de élite para los casos más graves de toda España.

  • Investigación de Grandes Delitos: Asume directamente los casos de máxima complejidad o trascendencia internacional. Esto incluye redes organizadas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, grandes redes de pornografía infantil y crímenes o desapariciones de mujeres y menores que requieren alta tecnología.
  • Apoyo Tecnológico y Psicológico: Cuenta con criminólogos, analistas de datos y psicólogos forenses que se desplazan a cualquier provincia para apoyar en interrogatorios complejos o peritajes.
  • Coordinación y Cooperación: Gestiona la relación directa con la Europol, Interpol, ministerios, la Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial.
  • Base de Datos y Formación: Supervisa a nivel nacional el funcionamiento técnico del sistema VioGén y diseña los planes de estudio y actualización para todos los agentes de España.

Los EMUME de Comandancia (Nivel Provincial)

Existen a lo largo de toda la geografía española, ubicados en la sede central de la Guardia Civil de cada provincia (la Comandancia). Son las unidades tácticas sobre el terreno.

  • Operación Directa: Son los encargados de llevar el día a día de las investigaciones de violencia de género, agresiones sexuales y maltrato infantil que ocurren en su provincia.
  • Gestión de Riesgos Real (VioGén): Aplican directamente los formularios de valoración de riesgo, entrevistan en persona a las víctimas y asignan formalmente los escoltas o vigilancias según el peligro detectado.
  • Instrucción de Diligencias: Redactan los atestados policiales, recogen las pruebas físicas o digitales a nivel local y presentan a los detenidos ante los juzgados de violencia sobre la mujer locales.
  • Red de Apoyo Comarcal: Coordinan y supervisan a los agentes que están en los Puestos de los pueblos (puntos de atención ciudadana), asegurándose de que la primera atención a la víctima sea la correcta antes de que el EMUME provincial asuma el caso.
Comparativa entre el EMUME Central de Madrid y los EMUME de Comandancia provinciales

EMUME (Equipos Mujer-Menor): procedimiento ante la violencia sobre la mujer

Por lo que se refiere a los Equipos de Mujer-Menor (EMUME) de la Guardia Civil operan mediante un protocolo técnico de intervención inmediata que prioriza la seguridad física, la protección jurídica y el soporte psicológico de la mujer desde el primer minuto.

Recepción y Acogida Inmediata

El primer contacto es crítico para romper la barrera del miedo y la desconfianza:

  • Espacio reservado: La atención se realiza siempre en una sala privada, separada del resto de las dependencias policiales, para garantizar la confidencialidad y evitar que la mujer deba relatar su situación ante terceras personas.
  • Separación del entorno: Se asegura que el presunto agresor o personas del entorno de este no tengan acceso visual ni físico a la víctima durante su estancia en el cuartel.
  • Información de derechos: Antes de comenzar el relato de los hechos, se informa a la mujer de su derecho a estar acompañada por un abogado del turno de oficio especializado de forma totalmente gratuita y por personal asistencial o psicólogos.

Toma de Declaración y Recopilación de Pruebas

La comparecencia se instruye con un alto nivel de detalle técnico, buscando indicios periféricos que sostengan la acusación:

  • Relato cronológico: Los agentes ayudan a la mujer a estructurar los hechos, recogiendo no solo la última agresión, sino el histórico del maltrato (insultos, control económico, amenazas sutiles). [1]
  • Control digital: Se analizan y custodian de inmediato los dispositivos móviles si existen amenazas por WhatsApp, mensajes en redes sociales, llamadas perdidas reiteradas o sospechas de geolocalización no consentida.
  • Derivación médica: Si la mujer presenta lesiones físicas o refiere agresiones sexuales recientes, el equipo EMUME la acompaña de forma prioritaria a un centro médico para la emisión del preceptivo Parte de Lesiones, asegurando la cadena de custodia de las muestras biológicas si fuera necesario.

Ejecución Automatizada del Cuestionario VPR (Sistema VioGén)

Una vez formalizada la denuncia, el equipo EMUME realiza de manera obligatoria el test de Valoración Policial del Riesgo (VPR):

  • Formulación del test: Se introducen las respuestas de la víctima en la plataforma informática unificada del Ministerio del Interior.
  • Detección de factores letales: Los agentes prestan especial atención a los indicadores de riesgo extremo (acceso a armas, consumo de sustancias por el agresor, antecedentes de estrangulamiento o intenciones de suicidio por parte de este).
  • Fijación del nivel de riesgo: El sistema arroja un nivel de riesgo automático (No apreciado, Bajo, Medio, Alto o Extremo) que determina las medidas policiales obligatorias que el EMUME debe desplegar de inmediato.
Esquema del sistema VioGén: cuestionario VPR, plataforma del Ministerio del Interior, nivel de riesgo y criterio experto del agente

Tramitación de la Orden de Protección Judicial

El EMUME actúa como nexo directo con el Juzgado de Violencia sobre la Mujer o el Juzgado de Guardia:

  • Solicitud unificada: Los agentes tramitan la solicitud de la Orden de Protección junto con el atestado policial.
  • Propuesta de medidas penales: En base al riesgo detectado, el EMUME puede solicitar directamente al juez medidas urgentes, tales como la detención del presunto agresor, el desalojo del hogar familiar o la prohibición de aproximación (alejamiento).
  • Propuesta de medidas civiles: Se trasladan al juzgado las necesidades urgentes de la víctima respecto a la suspensión del régimen de visitas a los hijos (aplicando la legislación vigente si hay indicios de violencia) y el uso exclusivo de la vivienda.

Activación de Recursos Sociales y Red de Custodia

El trabajo del EMUME no termina con el envío del caso al juzgado; se activa la red de soporte vital:

  • Alojamiento de emergencia: Si el riesgo es elevado y la mujer no puede regresar a su casa, el EMUME coordina con los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma su ingreso inmediato en un piso tutelado o casa de acogida secreta.
  • Asignación de un agente protector: A la mujer se le facilita el teléfono directo de un agente del EMUME o de seguridad ciudadana asignado a su caso (disponible las 24 horas) para comunicarle cualquier cambio de situación.
  • Control del agresor: Si el juez lo determina, el EMUME colabora en la instalación y seguimiento del dispositivo telemático de control (pulsera COMETA) en el investigado para monitorizar que no vulnere la distancia de seguridad.
Funcionamiento del dispositivo Cometa: transmisor del agresor, receptor de la víctima, perímetro de 100 a 500 metros y alerta al centro de control

Medidas de Protección Judicial y Dispositivos Telemáticos

La Orden de Protección es un instrumento judicial unificado que aglutina tanto medidas de carácter penal como civil, dictada por el juez de guardia en un plazo máximo de 72 horas desde la solicitud.

  • Medidas Penales: Prohibición de aproximación (alejamiento a una distancia mínima que suele oscilar entre 100 y 500 metros), prohibición de comunicación por cualquier medio (llamadas, mensajes, redes sociales) y prohibición de residencia o prohibición de acudir a determinados lugares.
  • Dispositivos Telemáticos de Control (Pulseras Cometa): Son dispositivos electrónicos de geolocalización que se imponen judicialmente a los agresores. Constan de un transmisor que lleva el inculpado (tipo brazalete o pulsera de tobillo no extraíble) y un dispositivo receptor que porta la víctima. El sistema emite una alerta automática e inmediata a un centro de control continuo y a las fuerzas de seguridad en el instante preciso en que el agresor vulnera el perímetro de distancia de seguridad fijado por el juez, permitiendo una intervención policial preventiva antes de que se produzca el contacto físico.

Procedimientos Operativos ante una Denuncia

Cuando una víctima acude a denunciar, el EMUME ejecuta de forma estricta un protocolo estandarizado de actuación secuencial:

  • Fase A: Recepción y Medidas Inmediatas
  • Fase B: Instrucción y Recopilación de Evidencias Digitales
  • Fase C: Integración en el Sistema VioGén y Valoración de Riesgo
Protocolo operativo del EMUME en tres fases: recepción, instrucción y valoración del riesgo con VioGén

Los agentes proceden a la cumplimentación del cuestionario VPR (Valoración Policial del Riesgo) en la plataforma unificada del Ministerio del Interior.

  • El software cruza las respuestas con los antecedentes del agresor y emite un nivel de riesgo automático.
  • Criterio Experto: El agente del EMUME tiene la competencia para elevar el nivel de riesgo asignado por el sistema de forma manual si su intuición policial o datos periféricos determinan que la víctima corre un peligro mayor al detectado por el algoritmo.

[Diapositiva: Fase C, el sistema VioGén]

Cómo ingresar en el EMUME

Para ingresar en el EMUME (Equipo Mujer-Menor) de la Guardia Civil hay que llevar dos años en Cuerpo y especializarte en Policía Judicial, una vez superado el curso ya podrás solicitar las vacantes que salgan.

Pasos para entrar en el EMUME: dos años en el Cuerpo, expediente limpio, permiso B, curso de Policía Judicial y vacante

¿Cómo realizar el curso de Policía Judicial?

  • Tipo de enseñanza: Perfeccionamiento.
  • Subtipo: Especialización.
  • Modalidad: Enseñanza mixta.
  • Denominación: PJU
  • Objetivos: Capacitar al personal que reúna las condiciones y aptitudes necesarias para desarrollar eficazmente las misiones asignadas a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Jefatura de Policía Judicial; así como adquirir las competencias que se precisan para desempeñar adecuadamente las funciones asignadas a la cualificación de Especialista en Policía Judicial.
  • Centro que lo imparte: Centro de Perfeccionamiento, en Valdemoro (Madrid).
  • Examen previo: Centro de Perfeccionamiento, en Valdemoro (Madrid).
  • Pruebas que superar: De conocimientos y psicotécnicas. Ofimáticas y entrevistas.
  • Periodo de evaluación y adiestramiento operativo: Unidades de la Jefatura de Policía Judicial, Unidad Central Operativa (UCO).
  • 1ª Fase: Centro de Estudios Jurídicos
  • Modalidad: a distancia: Lugar: Residencia oficial del alumnado.
  • Carga lectiva: El curso tendrá una carga lectiva de ciento noventa y ocho (198) horas.
  • Declaración de aptitud. El Centro de Perfeccionamiento expedirá un diploma de la especialidad al personal que supere el curso.
  • Publicación aptitud: Será publicada en el Boletín Oficial de la Guardia Civil.
Tienda del Equipo de Identificación de la Guardia Civil instalada en un escenario acordonado
Agentes junto a la tienda blanca del Equipo de Identificación de la Guardia Civil en una zona de tierra removida delimitada con cinta policial.

Condiciones para solicitarlo

  • Haber adquirido la condición de guardia civil
  • Haber transcurrido, al menos tres (3) años desde la última solicitud, cuando el interesado no haya superado las pruebas selectivas para la misma actividad formativa en tres (3) ocasiones.
  • La no concurrencia de circunstancias que permitan prever el incumplimiento del periodo de servidumbre.
  • No encontrarse de baja para el servicio por motivos de salud.
  • No estar sometido a un expediente por insuficiencia de facultades profesionales o condiciones psicofísicas.
  • No estar seleccionado como parte del alumnado de otro curso de perfeccionamiento, de formación, de capacitación o de altos estudios profesionales.
  • No haber sido declarado “apto con limitaciones” cuando éstas afecten al ejercicio de la aptitud que se pretende adquirir.
  • No estar cumpliendo un periodo de servidumbre por razón de título, salvo que, en aplicación de la normativa aplicable, se justifique por necesidades del servicio o por las funciones que se desarrollen en un puesto orgánico de especialista determinado, la necesidad de la adquisición de una nueva aptitud o cualificación específica.
  • No haber renunciado a un curso de especialización en un periodo de tres (3) años
  • Carecer de antecedentes penales, no hallarse incurso en algún procedimiento judicial.
  • Disponer de una cuenta de correo electrónico personal de dominio @guardiacivil.es
  • Estar en posesión del permiso de conducción “B” del Cuerpo, en vigor.
  • No estar sujeto a procedimiento por accidente de circulación o expediente de otra naturaleza que pueda llevar consigo la retirada, aunque sea temporal, del permiso de conducción.
Especialista de Policía Judicial con traje de protección realizando una inspección ocular en una escalera
Agente con mono blanco y calzas de protección inspeccionando los peldaños de una escalera interior para no contaminar posibles indicios.

Baremo para realizar el Curso de Especialista en Policía Judicial

NIVELES ACADÉMICOS y TITULACIONES (solo titulaciones oficiales):

Nivel Académico:

Cabos y Guardias: Doctor, máster, graduado, Técnico Superior.

Titulaciones incluidas en el “cuadro I” con el siguiente nivel: Doctorado (MECES 4), máster (MECES 3), graduado nivel 3, licenciado, arquitecto, ingeniero (MECES 3), graduado nivel 2, diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico (MECES 2).

Cuadro I
Informática, Telecomunicaciones, Derecho, Criminología, Psicología, Administración y Dirección de Empresas, Economía/Finanzas, Arqueología, Historia del Arte, Gestión y Administración Pública.

Titulaciones incluidas en el “cuadro II”, con el siguiente nivel: Técnico Superior de la formación profesional de grado superior (MECES 1).

Cuadro II
TS. Administración y Finanzas, TS. Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia, TS. Diseño y Gestión de la Producción Gráfica, TS. Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos, TS. Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen, TS. Diseño y Producción Editorial, TS. Imagen, TS. Sonido. TS. Administración de Sistemas Informáticos de Red. TS. Automoción.

Ramas de conocimiento incluidas en el “cuadro III”, con el siguiente nivel: Técnico Superior de la formación profesional de grado superior (MECES I).

Cuadro III
Telecomunicaciones, Informática, Electricidad y Electrónica.
CategoríaNivel académico y titulacionesPuntos
Cabos y GuardiasNivel académicoDoctor1,00
Cabos y GuardiasNivel académicoMáster0,75
Cabos y GuardiasNivel académicoGraduado0,50
Cabos y GuardiasNivel académicoTécnico Superior0,25
Cabos y GuardiasTitulacionesDoctorado (MECES-4)
Cabos y GuardiasTitulacionesMáster (MECES-3)
Cabos y GuardiasTitulacionesGraduado nivel 3, licenciado, arquitecto, ingeniero (MECES 3)1,35
Cabos y GuardiasTitulacionesGraduado nivel 2, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico (MECES 2)1,00
Cabos y GuardiasTitulacionesTécnico Superior de la formación profesional de grado superior (MECES 1)0,50

IDIOMAS VALORADOS PERFIL SLP PUNTOS (inglés, francés, árabe, italiano, portugués, alemán y ruso)

Idiomas valoradosPerfil SLPPuntos
INGLÉS, FRANCÉS, ÁRABE, ITALIANO, PORTUGUES, ALEMÁN, RUSONivel Funcional 22228
Nivel Profesional 333312
Nivel Experto 444416
Por cada rasgo con un nivel superior a los anteriores1
Por cada rasgo con un nivel “plus” (+) sobre los anteriores0,5
NIVEL/SUBNIVEL MCERLPUNTOS
B210
C114
C218

Preguntas frecuentes sobre el EMUME de la Guardia Civil

¿Qué es el EMUME de la Guardia Civil?

Son los Equipos Mujer-Menor, especialistas de Policía Judicial que investigan delitos de violencia de género, violencia doméstica, agresiones sexuales, trata de seres humanos y delincuencia juvenil.

¿Cuándo se creó el EMUME?

Nació en enero de 1994. En mayo de 1995 la Guardia Civil completó la implantación de especialistas Mujer-Menor en todas las comandancias, con un primer curso para 60 mujeres especialistas en Policía Judicial.

¿Qué diferencia hay entre el EMUME Central y los EMUME de Comandancia?

El EMUME Central, en la Jefatura de Policía Judicial en Madrid, asume los casos de máxima complejidad, coordina con Europol, Interpol y la Fiscalía y supervisa VioGén. Los EMUME de Comandancia llevan el día a día de las investigaciones en cada provincia.

¿Qué hace el EMUME cuando una mujer denuncia?

La atiende en una sala privada, la separa del agresor y le informa de su derecho a un abogado gratuito. Después recoge su declaración y las pruebas, valora el riesgo con VioGén, tramita la orden de protección y activa los recursos sociales necesarios.

¿Qué niveles de riesgo establece el sistema VioGén?

No apreciado, bajo, medio, alto y extremo. El nivel determina las medidas policiales obligatorias, y el agente puede elevarlo manualmente si detecta un peligro mayor.

¿Cómo se entra en el EMUME?

Hay que llevar al menos dos años en el Cuerpo y superar el curso de Especialista en Policía Judicial. Con esa cualificación ya se pueden solicitar las vacantes del EMUME.

Si sufres violencia de género, puedes llamar al 016 (gratuito, confidencial y no deja rastro en la factura), al 062 de la Guardia Civil o al 112 en caso de emergencia.

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