Agentes de la Guardia Civil de Tráfico realizando un control a un camión en carretera, con motocicletas y coche patrulla
Tres guardias civiles de Tráfico durante un control de transporte: uno revisa la documentación del conductor de un camión junto a la cabina abierta.

Curso de Inspección del Transporte por Carretera de la Guardia Civil

Subespecialidad: Curso de Inspección del Transporte por Carretera de la Guardia Civil

Especialidad: Agrupación de Tráfico

Infografía del curso de inspección del transporte por carretera de la Guardia Civil: datos del sector, 230 horas de formación, materias y requisitos
Resumen visual con las cifras del transporte por carretera en España, las características del curso de la Escuela de Tráfico de Mérida y los objetivos operativos de la Agrupación de Tráfico.

El transporte por carretera en España

El transporte por carretera en España es el motor principal de la movilidad nacional, acumulando más del 80% del transporte total de viajeros y mercancías del país. Según el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible los datos más relevantes serían:

Cifras clave del sector

  • Dominio absoluto: Mueve aproximadamente el 95% de las mercancías terrestres internas, muy por encima del ferrocarril.
  • Flota masiva: El tejido empresarial cuenta con más de 105.000 empresas de mercancías y 380.000 vehículos civiles.
  • Volumen internacional: España moviliza más de 90 millones de toneladas al año hacia el extranjero por vía terrestre.

La infraestructura vial

  • Líder europeo: España posee la red de vías rápidas (autovías y autopistas) más larga de la Unión Europea.
  • Diseño radial: La red estatal se vertebra principalmente desde Madrid hacia la periferia, conectando con ejes costeros e internacionales.
  • Paso estratégico: Es una infraestructura clave para Europa al conectar la Península Ibérica con el resto del continente y Marruecos.

Ventajas y Desafíos Actuales

  • Servicio puerta a puerta: Su flexibilidad permite recoger y entregar cargas directamente sin necesidad de transbordos.
  • Dependencia energética: Más del 90% de la energía del sector proviene todavía de combustibles derivados del petróleo.
  • Transición verde: Las normativas actuales obligan a las empresas a modernizar las flotas hacia vehículos eléctricos o menos contaminantes.

El control del transporte por carretera

Es sabido que el tráfico de mercancías se realiza mediante el transporte por carretera, como apunte señalar que España cuenta con una flota de transporte público de mercancías de 380.392 vehículos de los cuales un 70% (267.617 vehículos) son vehículos pesados.

Estos datos indican la importancia económica que tiene el transporte por carretera en nuestro país y todo ese transporte por nuestras carreteras debe ser controlado y los encargados de ello, escribo a nivel de carretera, son la Guardia Civil y en menor medida las policías autonómicas y locales.

Dos guardias civiles con capa y tricornio vigilando una carretera recta en blanco y negro hacia 1950
Guardias civiles vigilando una carretera, hacia 1950.

Antecedentes: la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil

La Cartilla de 1845 y los caminos reales

Aunque la fecha de creación data de 1959, la seguridad vial y la Guardia Civil siempre han caminado de la mano, la famosa Cartilla de 1845 ya recogía un artículo que decía”…el Guardia Civil, cuando se halle destinado al servicio de los caminos reales, los recorrerá frecuentemente…”, y otro que señalaba que “…siempre que en el curso de sus patrullas, encontrase algún carro volcado, o caballería caída, como no vaya a determinado servicio, en el que por la detención resulte perjuicio, ayudará a los dueños a levantarlos; lo mismo que en cualquiera otra necesidad que observase en los viajeros, les prestará cuantos auxilios necesiten y estimen a su alcance.”

Primeras normas y Cuerpo de Vigilantes de Caminos

El uso de los vehículos comenzó con fuerza con la industrialización del mundo, lo que conllevó a adaptar la legislación a las épocas que llegaban, en 1887 se aprobaba un Reglamento para el servicio de coches automóviles por carretera, modificado en 1900 y posteriormente en 1918, adaptándose al paso de los tiempos.

El incremento del tráfico aconsejó crear un cuerpo de agentes dotados con medios rápidos de locomoción, fue en 1933 y su nombre el Cuerpo de Vigilantes de Caminos, tendría naturaleza civil, estaría uniformado y armado y los componentes tenían carácter de Agentes de la Autoridad.

Policía Armada y de Tráfico (1939-1941)

Finalizada la Guerra Civil, se reorganizan los servicios de la Dirección General de Seguridad, creando la Inspección General de las Fuerzas de Policía Armada y de Tráfico, de la que se hace depender el control de todas las funciones que correspondían al Cuerpo de Vigilantes de Caminos, especialmente en cuanto se refiere a disciplina, mando y al servicio policial. En esta misma Inspección pasar a depender del Cuerpo de Seguridad y Asalto.

Motorista de la Agrupación de Tráfico junto a su motocicleta bajo un pino, en una carretera de los años 70
Fotografía en sepia de un guardia civil motorista con casco blanco y botas altas, de pie junto a su moto en el arcén y con otro compañero al fondo.

La Ley de 8 de marzo de 1941, desarrollada por un Decreto de 31 de diciembre de dicho año, estableció que los servicios de Seguridad del Estado estarían integrados por el Cuerpo General de Policía, la Guardia Civil y se crea un nuevo Cuerpo, asignándole la misión de “vigilancia total y permanente, así como de represión cuando fuera necesario”, sería el Cuerpo de Policía Armada y de Tráfico (en el que se funden los Cuerpos de Seguridad y Asalto y el de Vigilantes de Caminos), con competencias en materia de vigilancia de la circulación, en el que integra a los Jefes de Grupo y Vigilantes de Caminos.

La Guardia Civil asume el tráfico (1959)

El 30 de julio de 1959, se otorgaba a la Guardia Civil las competencias en materia de tráfico en el territorio nacional, y donde se regulaba la misión de vigilancia, protección y auxilio en las vías públicas y seguridad del tráfico en la red viaria, dependían del Ministerio de la Gobernación y las infracciones detectadas dependían de los respectivos Gobernadores Civiles, siendo publicado ese año la Orden General que la regulaba bajo el título de “Normas para la organización y funcionamiento de la Agrupación de Tráfico”.

El paso del tiempo va modificando la legislación hasta la publicación de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que mantiene la responsabilidad de la vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas, en favor del Cuerpo de la Guardia Civil.

Guardia Civil de Tráfico regulando la circulación al paso de un transporte especial de grandes depósitos en los años 80
Control de carretera al paso de un transporte especial, década de 1980.

Misión y organización de la Agrupación de Tráfico

1. Las unidades de la Agrupación de Tráfico desempeñarán con carácter preferente cometidos específicos de vigilancia, regulación y control del tráfico y de la seguridad vial, así como de vigilancia del transporte, con la finalidad de:

a) Prevenir los delitos contra la seguridad vial y los accidentes, investigando y esclareciendo sus causas e instruyendo las correspondientes diligencias, informes técnicos y periciales en auxilio de Jueces y Tribunales y del Ministerio Fiscal.

b) Prestar la protección y el auxilio debidos a las personas que usan las vías de circulación.

c) Restablecer la seguridad y la circulación en las vías cuando se hayan alterado, restringiendo o regulando la circulación en caso necesario.

d) Regular la circulación de los vehículos cuando sea preciso a fin de mejorar la movilidad del tráfico.

e) Velar por el cumplimiento de las normas que disciplinan la circulación de vehículos y el transporte por carretera denunciando cuantas infracciones observen.

f) Custodiar las vías de comunicación.

g) Cualesquiera otras que le estén encomendadas, o se le encomienden, por disposiciones legales o reglamentarias.

2. El personal de la Agrupación de Tráfico, en su condición de guardia civil, tiene todas las facultades y obligaciones inherentes a dicha condición.

3. Los miembros de la Agrupación de Tráfico, como componentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, participarán además en la prevención de los delitos e infracciones contra la seguridad pública en las vías que vigilen, intervendrán ante las infracciones o delitos de los que tenga conocimiento directo y colaborarán en la persecución de los posibles autores de hechos delictivos, a la vez que prestarán el apoyo debido en las emergencias de protección civil, volviendo al desempeño de sus cometidos habituales tan pronto como sea posible.

Guardias civiles de Tráfico tomando datos junto a un camión y un turismo accidentados en los años 80
Atestado de un accidente con un camión, década de 1980.

Estructura

Para el cumplimiento de la misión asignada, la Agrupación de Tráfico se articula en:

a) Jefatura de la Agrupación.

b) Unidades operativas de la organización periférica.

c) Escuela de Tráfico.

Organización central

La Jefatura de la Agrupación está constituida por las siguientes unidades:

  • Jefatura de Operaciones.
  • Área de Operaciones.
  • Área de Recursos Humanos.
  • Área de Recursos Materiales.

Organización territorial

1. La organización periférica de la Agrupación de Tráfico está constituida por las siguientes unidades: a) Sectores. b) Subsectores y c) Destacamentos.

Motorista de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil junto a su motocicleta BMW en el arcén
Guardia civil motorista con casco y chaleco reflectante, de pie junto a una motocicleta BMW de la Agrupación de Tráfico.

Curso de Perfeccionamiento en la Inspección del Transporte Terrestre por Carretera

Como hemos señalado previamente, los hombres y mujeres de la Agrupación de Tráfico son los que están “a pie de obra” en la carretera, ellos son los encargados de todo lo referente a la seguridad vial, lo que incluye el control del enorme volumen del tráfico de transporte público en pequeños o en grandes vehículos pesados.

Su elevada preparación, de la que hacen gala todos los días, no quita que su formación deba ser continua y que deben estar al día de las distintas modificaciones de las normas que les afectan y también de las pautas de actuación , por eso se reciclan constantemente con diferentes cursos, entre ellos el que nos ocupa que tiene como objetivo el proporcionar los conocimientos y aptitudes necesarias para el ejercicio eficaz de las funciones que la normativa atribuye a la Guardia Civil en materia de vigilancia e inspección del transporte terrestre.

Dos agentes de la Guardia Civil de Tráfico indican a un camión que se desvíe hacia un control
Agentes de Tráfico de espaldas, con chaquetas reflectantes, junto a una señal de desvío mientras se aproxima un camión para ser controlado.

¿En qué consiste el Curso de Inspección del Transporte Terrestre por Carretera?

Se lleva a cabo en las instalaciones de la Academia de Tráfico de la Guardia Civil de Mérida en Badajoz y en el mismo se tratan diversos temas relativos, entre ellos:

Departamento de Ciencias Jurídicas:

  • Transporte por carretera nacional e internacional
  • Transporte de mercancías peligrosas y de mercancías perecederas;
  • Tacógrafos y estiba de cargas.

Este curso contará como ponentes con funcionarios del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible.

Prácticas y evaluación

Durante el periodo de presente, se desarrollará una semana de prácticas en el Sector o subsector que determine la Jefatura de la Agrupación de Tráfico, a propuesta de la Dirección del Centro.

Requisitos para superar el periodo. Obtener la calificación de “apto” en todas las materias impartidas, de acuerdo con los requisitos establecidos en el Plan de Estudios.

Agentes de la Guardia Civil de Tráfico inspeccionando la cabina de un camión durante un control de transporte
Inspección de la cabina y el tacógrafo de un vehículo pesado.

¿Cómo realizar el curso de Perfeccionamiento en la Inspección del Transporte Terrestre por Carretera?

  • Tipo de enseñanza: Perfeccionamiento.
  • Subtipo: Especialización. Adquisición de una aptitud
  • Modalidad: Enseñanza mixta.
  • Objetivos: Proporcionar los conocimientos y aptitudes necesarias para el ejercicio eficaz de las funciones que la normativa atribuye a la Guardia Civil en materia de vigilancia e inspección del transporte terrestre.
  • Centro que lo imparte: Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, en Mérida (Badajoz).
  • Dirigido a: Suboficiales, Cabos y Guardias Civiles de la Agrupación de Tráfico.
  • Examen previo: Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, en Mérida (Badajoz).
  • Carga lectiva: El curso tendrá una carga lectiva de doscientas treinta (230) horas
  • La realización de este curso se anotará en el Expediente académico de cada interesado.
  • Diploma acreditativo: Será expedido por la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil.
  • Publicación aptitud: Será publicada en el Boletín Oficial de la Guardia Civil.
Agentes de la Guardia Civil de Tráfico atendiendo un accidente con un camión volcado en la calzada
Agentes de Tráfico en un accidente con camión volcado.

Condiciones para solicitarlo

  • Haber adquirido la condición de guardia civil
  • Haber transcurrido, al menos tres (3) años desde la última solicitud, cuando el interesado no haya superado las pruebas selectivas para la misma actividad formativa en tres (3) ocasiones.
  • Haber transcurrido tres (3) años desde que causara baja, contados desde el momento de formalización, según normativa vigente, por falta de rendimiento académico por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materiales previstas en los planes de estudios de un curso de especialización.
  • No estar sometido a un expediente por insuficiencia de facultades profesionales o condiciones psicofísicas.
  • No estar seleccionado como parte del alumnado de otra acción formativa de perfeccionamiento, formación o altos estudios profesionales cuyo período presencial coincida con el período presencial de este curso.
  • No estar cumpliendo un periodo de servidumbre por razón de título, en la fecha del inicio del curso.
  • Estar en posesión de las cualificaciones específicas TRD-B o TRM desempeñando funciones relacionadas con dichas cualificaciones específicas.
  • No haber sido declarado “apto con limitaciones” cuando éstas afecten al ejercicio de la aptitud que se pretende adquirir.
  • No haber renunciado a una acción formativa de especialización, o una vez designado como alumnado no haber solicitado la baja a petición propia en un periodo de tres (3) años desde la última convocatoria hasta la fecha de inicio del curso, por causa que no sea atribuible a las necesidades del servicio debidamente justificadas, o causa de fuerza mayor.
  • Disponer de una cuenta de correo electrónico personal de dominio @guardiacivil.es

Al inicio y durante el curso:

  • Los apartados citados en el punto anterior.
  • No estar ocupando puestos de trabajo, destinado o en comisión de servicio que, por su especificidad, duración o distancia, causara un perjuicio grave a la organización en que se estuviera prestando servicio o a los intereses corporativos, por la asistencia a las pruebas previas o a la fase de presente del curso.
  • Carecer de antecedentes penales, no hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente, así como no tener anotadas y no canceladas en su hoja de servicios, penas o sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
  • Estar en posesión de los permisos de conducción de la clase “A” y “B” del Cuerpo, en vigor.
  • No estar sujeto a procedimiento por siniestro vial o expediente de otra naturaleza que pueda llevar consigo la retirada, aunque sea temporal, del permiso de conducción.
Motocicleta BMW de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil con su agente en un pinar
Primer plano de una motocicleta de la Guardia Civil de Tráfico con su agente subido en ella, en una carretera rodeada de pinos.

Resumen visual del Curso de Inspección del Transporte por Carretera

Esta presentación resume en 12 diapositivas los contenidos de esta página: la importancia del transporte por carretera en España, la evolución y organización de la Agrupación de Tráfico, y las características, temario y requisitos de acceso del Curso de Perfeccionamiento en la Inspección del Transporte Terrestre por Carretera. Haz clic en cada diapositiva para ampliarla.

Preguntas frecuentes sobre el Curso de Inspección del Transporte por Carretera

¿Qué es el Curso de Perfeccionamiento en la Inspección del Transporte Terrestre por Carretera?

Es un curso de perfeccionamiento de la Guardia Civil, de tipo especialización, con el que se adquiere una aptitud. Su objetivo es proporcionar los conocimientos y aptitudes necesarios para ejercer las funciones de vigilancia e inspección del transporte terrestre que la normativa atribuye al Cuerpo.

¿Quién puede realizar el curso?

Está dirigido a Suboficiales, Cabos y Guardias Civiles de la Agrupación de Tráfico que posean las cualificaciones específicas TRD-B o TRM y desempeñen funciones relacionadas con ellas.

¿Dónde se imparte y cuánto dura?

Se imparte en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil, en Mérida (Badajoz), en modalidad de enseñanza mixta y con una carga lectiva de 230 horas. Incluye una semana de prácticas en el Sector o Subsector que determine la Jefatura de la Agrupación de Tráfico.

¿Qué materias se estudian?

Entre otras: transporte por carretera nacional e internacional, transporte de mercancías peligrosas y perecederas, y tacógrafos y estiba de cargas. Entre los ponentes hay funcionarios del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

¿Qué permisos de conducción se exigen?

Hay que tener en vigor los permisos de conducción del Cuerpo de clase A y B, y no estar sujeto a ningún procedimiento que pueda conllevar la retirada, aunque sea temporal, del permiso de conducción.

¿Cómo se acredita la superación del curso?

Hay que obtener la calificación de «apto» en todas las materias. La Escuela de Tráfico expide un diploma acreditativo, la aptitud se publica en el Boletín Oficial de la Guardia Civil y el curso se anota en el expediente académico.

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